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¿Cómo saber si un piso esta embargado?
¿Te imaginas que el piso que has decidido comprar está embargado? ¿O que el titular de la finca no es quien te la intenta vender?
Ten cuidado y antes de firmar un contrato de arras, cerciórate de que conoces la situación jurídica del inmueble.
Para evitar sorpresas, consigue una nota simple informativa.
En este documento podrás consultar datos tan importantes como:
- El tamaño, la localización y la parcela
- Quién ostenta la titularidad de la finca
- Las cargas y servidumbres en el caso de tenerlas
Inmoconsejo: antes de firmar nada, solicita la nota simple del inmueble en el Registro de la Propiedad
¿Quién paga el IBI del año en el que se vende un piso?
¿Qué pasa con el IBI del año que compras o vendes tu casa? ¿Lo paga el comprador o el vendedor?
La Administración Tributaria reclamará el IBI al propietario del inmueble a 1 de enero.
Ahora bien, el Tribunal Supremo ha establecido como doctrina jurisprudencial que el vendedor podrá repercutir dicho pago al comprador en proporción al tiempo que cada una de las partes haya sido titular del bien.
Inmoconsejo: refleja el pago del IBI en el contrato de compraventa y en el contrato de arras, si lo hubiera.
¿Quién paga las derramas pendientes cuando se vende un piso?
Imagina que vas a comprar o vender un piso y hay derramas pendientes de pago.
¿Las paga el comprador o el vendedor?
Muy fácil: las debe pagar quien sea propietario en el momento en que sean exigibles.
Inmoconsejo: Si vas a comprar un piso, pide las actas de las últimas reuniones de comunidad y revisa si hay alguna actuación prevista. Te tocará pagar desde el momento que sea propietario.
¿Cómo tributa la venta de vivienda en el IRPF de Bizkaia?
En Bizkaia, la ganancia patrimonial obtenida por la venta de una vivienda se integra en la Base del Ahorro del IRPF.
Esto implica que la ganancia tributa a un tipo de gravamen entre el 20 y el 25 por ciento.
Pero no te alarmes, porque existen exenciones.
Si vendes tu vivienda habitual para la compra de vivienda habitual, la ganancia patrimonial obtenida por la venta está exenta de tributación.
Y la segunda exención:
Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual, los primeros 400.000 euros de ganancia patrimonial están exentos.
Inmoconsejo: Antes de vender tu casa, calcula la ganancia patrimonial y comprueba si puedes acogerte a las exenciones.
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